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martes, 1 de noviembre de 2016

El socialismo.

Para iniciar el tema veamos una sencilla explicación de los sistemas económicos.

Sistemas económicos explicados con vacas

Y complementamos la idea con esta opinión sobre capitalismo y socialismo 


Discurso Histórico Mario Moreno Cantinflas ONU "Capitalismo vs Socialismo"


Qué  es el socialismo

Ya entrando en el tema


Etimológicamente, la palabra socialismo proviene del latín socialis, que significa todo lo perteneciente a la sociedad.

Durante el siglo XIX la sociedad se vio muy afectada por las nuevas condiciones impuestas por el desarrollo político y económico, hemos visto que la cuestión social, generó diferentes intentos de buscar soluciones a los problemas. El movimiento obrero buscó una vía política, mediante la creación de un partido que pudiera coordinar sus esfuerzos en búsqueda de la solución a la cuestión social, esta vía es el socialismo.

G.D.H. Cole, en su Historia del Pensamiento Socialista, señala que la palabra apareció por primera vez en Italia en 1803, pero con un significado diferente, y que el uso de este término, con la acepción actual, se inició casi simultáneamente en Francia e Inglaterra hacia la década de 1830. La palabra socialismo apareció impresa, por primera vez en 1832, en el periódico Le Globe, órgano de los saintsimonianos, en un artículo de Pierre Leroux titulado De l'individualisme et du socialisme.

Otros autores atribuyen la autoría del término a Robert Owen, a su discípulo Joseph Applegath, o bien a Charles Fourier.

Estos pensadores utilizaban la palabra social contrastándola con la palabra individual. Con esta idea, socialista era todo aquel que se oponía al individualismo y a la economía competitiva que había prevalecido en Europa durante los siglos XVIII y XIX.

Hoy vemos que la palabra puede ser usada en contextos diferentes, desde el clásico del siglo XIX al moderno estado de bienestar y casi es obligado marcar la diferencia entre diferentes tipos de socialismo.

Entonces, en un principio es posible distinguir, por una parte, una definición limitativa que sólo es aplicable al socialismo marxista, que sólo hace énfasis en el aspecto económico y por la otra, una definición más genérica, aplicable a todas las demás modalidades de socialismo.

Para la primera concepción limitativa, el socialismo es un fenómeno económico-social, cuyas características principales son:

a) La supresión de la propiedad privada de los medios de producción, los cuales deberían ser propiedad pública.
b) La supresión del beneficio como fin último de la producción, dicho fin deberá ser la satisfacción de las necesidades colectivas en el orden de prelación establecido por las autoridades públicas.
c) La supresión de la economía de mercado, la cual deberá ser sustituida por una organización o mecanismo regulador
d) Las autoridades, o el Estado, deberá ser poderoso en orden a poder asegurar la realización, a toda costa, de estos objetivos.

Para la segunda concepción, la genérica podríamos hablar del cambio de la concepción político, económica y social que ha hecho que el individuo, su bienestar y felicidad sean objetivos del estado

Entonces podemos definir el socialismo como la teoría o práctica social que favorece  la posesión pública de los medios de producción y su administración, a favor del interés de la sociedad en general y no en favor de grupos particulares. Para ello propugna la participación de la clase obrera organizada en partidos para lograr una transformación revolucionaria de la sociedad que elimine la desigualdad y la explotación, que según esta doctrina, son propias del capitalismo.

Antecedentes

Como un intento de solucionar la cuestión social, que  es tan antigua como la humanidad, se han formulado toda una serie de respuestas en búsqueda de la igualdad social;  podemos citar a Platón en La República y en Las Leyes; algunas sociedades pre-cristianas como los esenios; el cristianismo e incluso algunos movimientos medievales; las ilusiones renacentistas de Tomás Moro con Utopía; de Francis Bacon con La Nueva Atlántida, de  Tomasso Campanella  con la La Ciudad del Sol y James Harrington con La Comunidad Océana.

Durante la Revolución Inglesa, apareció en las filas del movimiento puritano una corriente denominada levellers (niveladores), quienes propusieron la abolición de las clases sociales y, dentro de ellos, existía un grupo radical, los true levellers o diggers (cavadores o labradores, elementos del campesinado inglés) su doctrina política aparece esbozada en las obras de Gerard Winstanley Nueva Ley de la Justicia y Ley de la Libertad. Intentaban practicar la vida comunitaria, la cooperación y el trabajo voluntario, la consigna de esta grupo era trabajad juntos, comed juntos en paz.

Otros de los antecedentes del socialismo son las ideas de Morelly  las cuales aparecen en su obra Côde de la Nature de 1755; y las ideas del Abate Bonnot de Mably con su obra de 1763 Entretiens de Phocion sur de Rapports de la Moral avec la Politique.

Joseph Fouché con su obra  Instrution de Lyon es uno de los iniciadores de las ideas socialistas francesas, él, en plena época revolucionaria, y bajo la influencia de los pensadores de la Ilustración como Rousseau, Voltaire, Montesquieu y otros, trazó un programa radical y social frente al problema de la propiedad privada.

El socialismo como tal, aparece como una consecuencia de la revolución francesa,  en la llamada Conspiración de los iguales dirigida por F. Nöel Babeuf, conocido también como Graco o Gracehus, quien, durante los años de 1795 y 1796, proclamó el llamado Manifiesto de los Iguales, cuyo principal redactor fue Sylvain Maréchal y que constituyó la primera declaración política del socialismo.
Babeuf, mediante un plan elaborado por él y sus compañeros, se apoderarían de posiciones estratégicas dentro de la ciudad de París y, al conseguir el triunfo, realizarían una distribución equitativa de las riquezas; sin embargo, a pesar de lo cuidadoso del plan, el gobierno logró desarticular a tiempo el movimiento y Babeuf y sus cómplices fueron ejecutados. Sus ideas quedaron, prácticamente, olvidadas hasta 1830.

Otro de los precursores de la doctrina socialista fue S. Sismondi, quien en 1819, en su obra Nouveaux Principes d'Economie Politique, arremetió contra los excesos del liberalismo.

En 1828, Michel Bounarroti, publicó la Historia de la Conspiración de los Iguales, este libro tuvo bastante éxito y se convirtió en una especie de manual revolucionario.

En la Gran Bretaña, a pesar de que no hubo movimientos tan importantes como el babouvismo, podemos señalar las ideas de Thomas Paine aparecidas en su obra Rights of Man, las ideas agrarias de Thomas Spencer en su obra The Restorer of Society to its Natural State, de 1801; Willliam Godwind y su Political Justice y el, casi desconocido, libro de Charles Hall Effects of Civilization, publicado en 1805.

Entre las principales modalidades del socialismo que existieron durante el siglo XIX podemos destacar:  el socialismo utópico, el socialismo marxista y el socialismo cristiano.

Para finalizar la entrada, podemos comentar en clases el siguiente video.


martes, 25 de octubre de 2016

Soluciones a la cuestión social 2

El movimiento obrero.


       
La intervención del Estado, por ese carácter fragmentado y poco sistemático, no logró satisfacer las aspiraciones de los obreros en búsqueda de un mejor nivel de vida y de empleo. La injusticia en la distribución de las ganancias hicieron que el proletariado, consciente de su poderío numérico, comenzara a unirse para intentar luchar contra la explotación capitalista.

Sus orígenes se remontan a las organizaciones gremiales de los artesanos de la Edad Media, pero fue sólo a partir de la segunda mitad del siglo XIX cuando comenzó a cobrar mayor importancia.

Según Federico Engels, el movimiento de lucha se dio en tres etapas: la primera, la del delito individual, el obrero desesperado ante su situación debía buscar su sustento e cualquier manera. La segunda se dio por medio de la destrucción de las máquinas y la tercera consistió en la libre asociación.

El movimiento obrero, en su organización interna, realizó algunos progresos durante la primera etapa de la Revolución Industrial, etapa que vio desde los movimientos de agitación en las fábricas hasta insurrecciones políticas como la de la Comuna de París en 1771; sin embargo, hay que señalar que, como ya hemos mencionado, las verdaderas conquistas del movimiento obrero sólo se harán efectivas después de la Primera Guerra Mundial.

Los obreros canalizaron sus luchas por medio de dos vías; por una parte el sindicalismo como vía profesional. Se  crearon asociaciones que tenían como fin mejorar sus condiciones de vida y trabajo mediante acciones colectivas ante los empresarios; por la otra encontramos al socialismo como una vía política, cuyo fin era crear un partido político que llevase al proletariado al poder y transformase las estructuras de la sociedad capitalista.

A pesar de la división propuesta, estas dos vías no son independientes una de la otra; el sindicalismo, como un fenómeno social, no puede desvincularse de los político y el socialismo, como vía política, no puede ignorar la parte social.

El sindicalismo.


  
El origen de la palabra se remonta al latín sindycus (abogados públicos o magistrados que tenían la responsabilidad de velar por el orden de la ciudad). Este concepto tomado de la antigua Grecia, estaba formado por diké (justicia) con el prefijo syn que significa colaboración.  Es decir, todo aquel que colabora con la realización de la justicia. Con este sentido, se fueron designando  diversos funcionarios ocupados de velar por el orden público; años más tarde, en los compagnonnages franceses, se les daba el nombre de sindicados a los obreros que se agrupaban en contra de los patronos.
Entendemos por sindicato una asociación de trabajadores  (obreros, empleados y funcionarios), originada en la primera mitad del siglo XIX, que tiene como objetivo primordial la defensa y el mejoramiento del status de sus asociados. La función primordial del sindicato es atender a los salarios, horarios y condiciones de trabajo. También debe servir a la formación de una conciencia de clase, a la educación y capacitación profesional, a facilitar la colocación o empleo de sus afiliados. Todos estos beneficios se pueden lograr a través del contrato colectivo de trabajo, ya que sólo el sindicato está capacitado como organismo de negociación colectiva, al reunir los recursos y las fuerzas de los grupos de obreros o empleados. Las agrupaciones sindicales, en sus comienzos, agrupaban sólo a obreros, pero luego fueron ampliándose hasta incluir otro tipo de trabajadores como oficinistas y empleados públicos.

Movimiento Luddita

En las primeras fases, el movimiento obrero, se centró la protesta en el uso de las máquinas, las cuales eran consideradas las culpables de la mala situación que atravesaban. En Inglaterra, surgió el movimiento luddita, dirigido por el mítico capitán Nedd Ludd, quien agrupaba a los desocupados para destruir las máquinas en los talleres.

Texto sobre el movimiento Luddita.


«En la tarde del viernes, alrededor de las cuatro, un numeroso grupo de revoltosos atacó la fábrica de tejidos pertenecientes a los señores Wroe y Duncroft, en West Houghton (...), y, encontrándola desprotegida, pronto se apoderaron de ella. Inmediatamente la incendiaron y todo el edificio con su valiosa maquinaria, tejidos, etc., fue completamente destruido. Los daños ocasionados son inmensos, habiendo costado la fábrica sola 6.000 libras. La razón aducida para justificar este acto horrible es, como en Middleton, el "tejido a vapor". A causa de este espantoso suceso, dos respetables familias han sufrido un daño grave e irreparable y un gran número de pobres han quedado sin empleo. Los revoltosos parecen dirigir su venganza contra toda clase de adelantos en las maquinarias. ¡Cuán errados están! ¿Qué habría sido de este país sin tales adelantos?»

Annual Register, 26 de abril de 1812.

Para los que hablan inglés, le dejo un video de la BBC sobre el levantamiento en Nottinghashire.



En el continente hubo también movimientos obreros en contra de las máquinas, como él de los tejedores de Normandía y él de los trabajadores de Alcoy y Barcelona. Los patrones reaccionaron y elaboraron leyes que prohibían  la asociación de los trabajadores los líderes sindicalistas fueron perseguidos hasta poco después de que el Estado revocara la Ley de Asociaciones en 1824. Por esto, la formación de las asociaciones o sindicatos se realizó sin ayuda del Estado y en contra de él

Como hemos señalado, es imposible desvincular la parte política del aspecto laboral. Podemos señalar varios tipos de sindicatos; por una parte, los llamados sindicatos reformistas, los cuales procuraban que los obreros se fueran acostumbrando a las conquistas sociales poco a poco, dejando las huelgas y los conflictos laborales como un último recurso.  Trataban de solucionar conflictos y alcanzar las mejoras por medio del diálogo y combinaban la acción sindical con la selección de representantes dentro de los poderes legislativos a fin de conseguir una reglamentación favorable a las clases trabajadoras.

El abc del comunismo libertario Anarquista Alexander Berkman capitulo 11 los sindicatos.

En el otro extremo, estaban los sindicatos revolucionarios, extremistas o radicales.  No creían en la colaboración entre las clases sino en la lucha de clases. Su expresión más radical fue el anarco-sindicalismo que consideraba al Estado como un instrumento de opresión capitalista y propugnaba su desaparición por medio de: huelgas generales, saboteos y boicots.

Un grupo de ellos, específicamente los franceses, proponía que los medios de producción pasasen a manos de los sindicatos, quienes los distribuirían por medio de bolsas de trabajo.

Más adelante, el socialismo marxista propuso que los sindicatos debían de convertirse en un instrumento del partido.

El sindicalismo fue apareciendo en los distintos países en la medida que éstos se industrializaban, por ello los primeros sindicatos aparecieron en Inglaterra y Francia, para más tarde extenderse a los otros países de Europa Continental.

Como ya hemos señalado, los sindicatos estuvieron prohibidos durante la primera etapa de la Revolución Industrial, ya que se identificaban las asociaciones con los grupos antigubernamentales. Algunas de ellas, como la dirigida por Cobbet, se inmiscuían en el ámbito político. Otras asociaciones, como las Trade Unions, funcionaron de manera clandestina.

En Inglaterra  y Francia existían leyes que, desde el siglo XVI, prohibían las asociaciones de los obreros. En 1799 se sancionaron en Inglaterra, las "Combinations Laws" o Leyes de Asociación; en Francia se promulgó en 1791 la Ley Le Chapelier  (al final de la entrada puedes leer el texto de la ley) y en 1834, un complemento de ella.

A pesar de esto, los gobiernos toleraron la existencia de pequeñas asociaciones locales de obreros, los cuales, de una forma gradual fueron ganando el derecho de organizarse, de recaudar fondos para los desocupados y enfermos y de discutir sus asuntos en forma colectiva.

En 1824, en  Inglaterra, un antiguo obrero, Francis Place, logró la revocación de las Leyes de Asociación.  En Francia, a pesar de los avances obtenidos en 1848, la Ley Le Chapelier se mantuvo hasta 1864.

En Francia, como una supervivencia de los gremios medievales, existía el compagnonnage. Los "obreros compañeros" viajaban de una población a otra buscando trabajo y perfeccionándose en el oficio; pero, poco a poco, el maquinismo hizo que esa institución desapareciera. En 1884, se promulgó la ley Waldeck-Rousseau, la cual significó el reconocimiento pleno de los sindicatos franceses. A partir de entonces, aparecieron las bolsas de trabajo de carácter local, que reunieron a los diferentes sindicatos de una misma localidad y las Federaciones que agrupaban en el plano nacional a todos los obreros de un mismo ramo.

En 1895, el conjunto de bolsas de trabajo y asociaciones se unieron para formar la Confederación General de Trabajo Francesa. En 1914, los sindicatos franceses contaban con  casi dos millones de afiliados.

Según Victor Griffuelhes, el sindicalismo francés atravesó por tres etapas, una de 1873 a 1886, en la cual nacieron los primeros sindicatos subordinados al movimiento socialista; una segunda etapa de 1886 a 1899 que se caracterizaba por la reacción de la clase obrera ante la partidización de los sindicatos y, finalmente, una tercera que se inició en 1900, en la cual se ha intentado separar al movimiento sindical de la política.

En el caso de Alemania, puesto que su Revolución Industrial  fue más tardía, los sindicatos aparecieron posteriormente. Al inicio se mantuvo el régimen de gremio de oficio y, en 1860, fue sustituido por los sindicatos. El sindicato más antiguo fue el de los mineros de Dortmund de 1894.

El sindicalismo alemán tuvo gran vinculación con la política y se desarrolló en tres grandes vertientes; por una parte, los sindicatos de corte socialista, de inspiración marxista, dirigidos por Ferdinand Lasalle y Fernando Bebel, por otra, los sindicatos cristianos inspirados en la Encíclica Rerum Novarum de 1891 y, por último, los sindicatos liberales, de menor importancia encabezados por Max Hirsch.

Para el año 1914, los sindicatos alemanes contaban con tres millones y medio de afiliados.

En los Estados Unidos se creó en 1786, la primera Unión de trabajadores, la cual fue prohibida en 1799. Más tarde,  en 1886 se fundó la American Federation of Labor y, posteriormente, el Congreso de Organización Industrial.

La actuación del sindicalismo desbordó las fronteras nacionales; los trabajadores se hicieron conscientes de su fuerza y, para defenderse de sus patronos, quienes, por ejemplo, en el caso de Inglaterra, acudían a obreros continentales para hacer fracasar las huelgas, apelaron a la solidaridad y crearon organizaciones internacionales. En 1864 se fundó en Londres la Asociación Internacional de Trabajadores, mejor conocida como la Primera Internacional, que tuvo como uno de sus objetivos principales, la conquista del poder político por el proletariado.

La Primera Internacional, desde el principio, estuvo marcada por el enfrentamiento entre las posiciones de Marx y Bakunin; sin embargo, a pesar de que, entre los años 1868 y 1870, adquirió un gran impulso, no logró convertirse en el centro directivo de las organizaciones obreras internacionales y, en 1876, se disolvió en Nueva York.

 En 1889, se creó la II Internacional o Internacional Socialista, la cual debido a la situación internacional provocada por la rivalidad entre las grandes potencias, más los problemas doctrinales de interpretación de la teoría de Marx, no generó importantes acciones del proletariado.  Autores como A. Kriegel, C. Willard, J. Droz, E. Dolleans y G. Haup señalan varias fases en esta etapa: la primera que va de 1889- 1891 a 1905, la segunda entre 1905 y 1914 y una tercera entre 1914 y 1917.

La II Internacional, por iniciativa norteamericana, señaló al primero de mayo como día internacional del trabajo.


   Los Mártires de Chicago - HISTORIA del 1ro de MAYO


Ley Le Chapelier de 14 de junio de 1791

 Art. 1º. Siendo una de las bases fundamentales de la Constitución francesa la desaparición de todas las corporaciones de ciudadanos de un mismo estado y profesión, queda prohibido establecerlas de hecho, bajo cualquier pretexto o forma que sea.
Art. 2º. Los ciudadanos de un mismo estado o profesión, los empresarios, los que tienen comercio abierto, los obreros y oficiales de un oficio cualquiera, no podrán, cuando se hallaren juntos, nombrarse presidentes, ni secretarios, ni síndicos, tener registros, tomar acuerdos o deliberaciones o formar reglamentos sobre sus pretendidos intereses comunes.
Art. 3º. Queda prohibido a todas las corporaciones administrativas o municipales cualquier solicitud o petición en nombre de un estado o profesión y darles respuesta alguna; igualmente se les ordena declarar nulas las deliberaciones que podrían haber sido tomadas de este modo y vigilar cuidadosamente para que no se les dé curso ni ejecución.
Art. 4º. Si, contra los principios de la libertad y la Constitución, ciudadanos pertenecientes a la misma profesión, arte u oficio tomaran deliberaciones o hicieran entre ellos convenios tendiendo a rehusar concertadamente o a no acordar más que a un precio determinado el concurso de su industria o de sus trabajos, dichas estas deliberacio­nes y convenios, acompañados o no de juramento, quedan declarados inconstitucionales, atenta­torios contra la libertad y los derechos del hom­bre y sin ningún efecto. Las corporaciones administrativas y municipales quedan obligadas a declararlos de dicho modo.
Los autores, jefes e instigadores que las hubieren provocado, redactado o presidido, serán citados ante el Tribunal de policía a requerimiento del procurador del Municipio, condenados cada uno de ellos a 500 libras de multa y suspendidos durante un año del ejercicio de todos los derechos de ciudadano activo y de la entrada en las Asambleas primarias.
Art. 5º.  Queda prohibido a todas las corporaciones administrativas y municipales, bajo pena a sus miembros de responder en nombre propio, de responder en nombre propio, emplear, admitir o tolerar que se admita en los trabajos de su profesión en cualquiera obra publica, aquellos realizados por empresarios, obreros u oficiales que hubieren provocado o firmado dichas deliberaciones o convenios, salvo el caso en que por propia iniciativa, se hubieran presentado al escribano del Tribunal de policía para retractarse o desdecirse.
Art. 6º. Si tales deliberaciones, convocatorias, pasquines o circulares contuvieran amenazas contra los empre­sarios, artesanos u obreros o los jornaleros forasteros que vinieren a trabajar al lugar, o contra aquellos que se contentaran con un salario inferior, todos los signatarios de las actas o escritos serán  castigados con una multa de 1.000 libras cada uno y tres meses de prisión.
Art. 7º. Los que usaren de amenazas o violencias contra los obreros que hagan uso de la libertad concedida por las leyes constitucionales al trabajo y a la industria, serán perseguidos por la vía criminal y castigados según el rigor de las leyes como perturbadores del orden público.
Art. 8º. Todas las manifestaciones compuestas por artesanos, obreros, oficiales, jornaleros o promovidas por ellos contra el libre ejercicio de la industria y el trabajo, pertenecientes a cualquier clase de personas y bajo cualquier tipo de condiciones convenidas de mutuo acuerdo o contra la acción de la policía y la ejecución de las sentencias tomadas de esta manera, así como contra las subastas y adjudicaciones públicas de diversas empresas serán consideradas manifestaciones sediciosas y como tales serán disueltas por los agentes de la fuerza pública, tras los requerimientos legales que les serán hechos y después con todo el rigor de las leyes contra los autores, instigadores y jefes de dichas manifestaciones y contra todos aquellos que hubieran actuado por vía de hechos o realizado actos de violencia.

Tomado de Fernando Prieto, La Revolución Francesa, Colección La Historia en sus Textos – Ediciones Istmo, Madrid, 1989, Págs. 84-86

Soluciones a la cuestión social 1

Posibles soluciones a la cuestión social.

Entre las posibles soluciones propuestas para intentar remediar la cuestión social podemos señalar, como algunas de las más importantes,  las siguientes: la intervención del Estado, la cual se llevó a cabo por medio de: leyes de beneficencia, leyes laborales y el seguro social.

Por otra parte, se inicia la organización del movimiento obrero, la  cual tomó dos vías, por una parte la vía profesional por medio del sindicalismo y por la otra, la política por medio del socialismo.

Además, existieron otras modalidades de menor importancia como el cooperativismo y algunas formas patronales como el solidarismo y la co-asociación.

La intervención del Estado.

El Estado mercantilista se había caracterizado por las excesivas regulaciones e intervenciones dentro de la vida económica, el liberalismo económico constituyó una reacción contra estas regulaciones.

por razones filantrópicas, sociales y políticas, inició su intervención a fin de mejorar las condiciones de vida de la clase trabajadora; dicha intervención fue apoyada por los conservadores, los terratenientes y por las diferentes corrientes socialistas.

El Estado, al asumir su responsabilidad, intervino de tres formas diferentes.

Leyes de beneficencia.



Estas leyes de ayuda pública se remontan al siglo XVI, antes de iniciarse la Revolución Industrial, cuando la Iglesia, que desde la Edad Media había mantenido su doctrina de la caridad cristiana y la limosna, fue el centro de distribución de dicha ayuda; más adelante, al formarse los Estados Nacionales, estos asumieron parte de este papel protector.

En Inglaterra, en el siglo XVI, se produjo la primera crisis económica debida a la inflación monetaria y al reemplazo de las actividades agrícolas por la cría de ovejas. El pauperismo consiguiente obligó a la Corona a promulgar, en 1601, la llamada Ley de Pobres o Estatuto de Isabel, mediante el cual el Estado se asociaba con la Iglesia en sus labores caritativas. Las autoridades locales eran las encargadas de ayudar a sus propios pobres de la siguiente forma: dando trabajo a los desocupados, limosnas a los enfermos e impedidos, colocando a los niños pobres como aprendices y enviando a los vagos a la cárcel.

Esta ley fue provechosa durante un tiempo, incluso sirvió de modelo a países como Francia; Holanda y Alemania, los cuales elaboraron leyes similares.

Más adelante, en 1662, se complementó con la Ley de Avecindamiento, la cual solo encerró al trabajador en su parroquia para poder recibir ayuda económica y lo privó de la libertad de buscar mejores oportunidades en otros lugares.

Sin embargo, los costos acarreados por estas leyes sobrepasaron la capacidad del Estado. En 1834 se promulgó la Enmienda a la Ley de Pobres, la cual transformó la asistencia parroquial en regional y nacional. 

Por esta nueva Ley se prohibían los auxilios a domicilio y en dinero a los indigentes que fuesen aptos para trabajar, éstos para obtener la ayuda, deberían ingresar a las casas de trabajo (work houses). Esta Ley fue duramente criticada porque favoreció el éxodo rural y dio una mayor cantidad de mano de obra a la industria, lo que deprimió los salarios, pues los obreros preferían cualquier tipo de trabajo o salario antes que ingresar a los asilos denominados Bastillas de los Pobres. 

Al final, estas leyes de ayuda a los pobres se vieron envueltas en un mar de instituciones burocráticas y perdieron su efectividad.

La Revolución de 1789 eliminó la ayuda religiosa y se limitó a abolir la pobreza por decreto sin crear un medio efectivo de ayuda a los necesitados.

Napoleón I, después de 1800, restableció las congregaciones religiosas que ayudaban a los indigentes, creó una organización municipal que contribuyó a darles socorro y reabrió los correccionales cerrados durante la época revolucionaria.
        
El caso de Alemania es similar, con el añadido de un valioso aporte, el sistema Elberfeld, como medio para organizar la ayuda. Por medio de éste, se garantizaba una cuidadosa investigación de las necesidades del peticionario, al mismo tiempo que el máximo de economía en el aparato administrativo, ya que los cargos de visitadores eran gratuitos y obligatorios. Este sistema fue copiado por otros países de Europa y América.

Es interesante señalar que estas leyes de beneficencia tuvieron un mayor desarrollo en los países protestantes, ya que en los países donde predominaba el catolicismo, la Iglesia constituyó un factor determinante de ayuda a los indigentes, pudiendo el Estado eludir esta responsabilidad. Estas leyes fueron perdiendo vigencia en la medida que el capitalismo reglamentario fue desarrollando un sistema efectivo de protección social.

Leyes laborales.



La denominada legislación laboral constituyó una de las primeras derrotas al liberalismo económico, se puede decir que fueron promulgadas por una extraña combinación de sentimientos humanitarios, rivalidades políticas e intereses económicos; más la presión ejercida por el creciente proletariado.

Los liberales se oponían a todo tipo de legislación. Se apoyaban en los escritos de Adam Smith, David Ricardo, Thomas Malthus y James Stuart Mill, para quienes la actividad económica debería regirse por un mercado libre sin ningún tipo de intervención estatal, sin embargo, poco a poco, se fueron aprobando un conjunto de leyes a fin de favorecer a los trabajadores.

La legislación laboral fue fragmentaria y poco sistemática, ya que quienes la propugnaban no eran teóricos o ideólogos, sino personas que querían encontrar una solución práctica e inmediata al problema social. Entre los dirigentes más conocidos podemos señalar: en Inglaterra a Robert Owen y el Conde de Shaftesbury; en Francia a Villeneuve-Bargemont y Napoleón III y, en Prusia, al general von Horn.

Las leyes laborales en  Europa continental fueron más generales y amplias que las inglesas; la preocupación fundamental fue la de regular el trabajo de los niños "aprendices"; y más tarde, con mayores objeciones, el de las mujeres; con respecto al trabajo de los hombres adultos, la legislación fue bastante pobre hasta vísperas de la Primera Guerra Mundial.
Transcribimos a continuación los cuadros elaborados por H.E. Friedlaender y J. Oser en su Historia económica de Europa, resumen las principales leyes laborales durante nuestro período de estudio.

En Inglaterra.

1802.        Limita el trabajo de aprendices indigentes a 12 horas diarias sin trabajo nocturno. Incumplida.
1819 Prohíbe emplear niños menores de 9 años en las manufacturas de algodón: Jornadas de 12 horas para los niños de 9 a 16 años. Incumplida.
1833.        Prohíbe el trabajo de menores de 9 años en industrias textiles. Semana de 48 a 69 horas para menores de 18 años, sin trabajo nocturno. Primera inspección gubernativa de las fábricas. Pena por incumplimiento de la ley: 1 a 20 libras de multa.
1842.        Prohíbe el trabajo en las minas a menores de 10 años. Semana de 36 horas para niños de 10 a 13 años. Excluye de las minas a las mujeres.
1847.        Jornada de 10 horas para jóvenes y mujeres.
1862.        Preferencia al pago de salarios, dando prioridad a éstos en caso de quiebra.
1874.        Prohíbe el trabajo de niños menores de 10 años en las fábricas de tejido.
1901.        Eleva a 11 años la edad mínima de los niños  que trabajen en fábricas. Prohíbe trabajar en domingo a niños y mujeres.
1908.        Jornada de 8 horas para los mineros. Primera reglamentación del trabajo de adultos.
1909.        Faculta al gobierno a fijar salarios mínimos.

En Francia:

1813.        Prohíbe el trabajo de menores de 10 años en las minas. Incumplida.
1841.        Prohíbe el trabajo de menores de 8 años en fábricas de más de 20 trabajadores. Jornada de 8 a 12 horas para jóvenes hasta de 16 años. Prohíbe el trabajo nocturno a menores de 11 años. Incumplida.
1848.        Jornada de 10 horas para menores de 14 años. Incumplida.
1874.        Prohíbe el trabajo en las fábricas a menores de 12 años. Prohíbe el trabajo nocturno y los domingos. Primer sistema de inspección gubernativa.
1892.        Eleva la edad mínima para trabajar en las fábricas a 13 años, y extiende a las mujeres las disposiciones de la ley de 1874.         Limita a 11 horas diarias el trabajo de los adultos, si en la misma fábrica trabajan mujeres y niños.
1900.        Jornada de 10 horas para mujeres y niños y para los hombres si trabajan con mujeres y niños.
1905.        Jornada de 8 horas para los mineros.
1906.        Descanso dominical obligatorio para todos los trabajadores.
1910.        Prohibición de pagos de jornales en especie.

En Alemania, Austria y otros países la legislación laboral siguió el modelo francés. En los Estados Unidos, esta legislación tuvo su mayor avance hacia mediados del siglo XX, por lo que escapa a los límites cronológicos de este trabajo.

Para finalizar, merece la pena mencionar que tanto Alemania como Francia, en vísperas de la Primera Guerra Mundial, habían elaborado códigos de trabajo que sistematizaban las leyes vigentes.

Seguro Social.


Otro de los aspectos en los que se evidencia la intervención del Estado es en la creación del seguro social.

Esta protección podía obtenerse por medio de asociaciones voluntarias o por medio de la intervención del Estado.

La primera en desarrollarse fue la forma privada o voluntaria, la cual se basaba en las sociedades de socorros mutuos francesas, que tuvieron su origen en los gremios medievales. Más tarde, en Prusia, en el siglo XVI, aparecieron las "cajas" de los mineros.

Las asociaciones, en general, fueron inestables y, debido a las frecuentes quiebras, se generó una fuerte desconfianza, por lo que el Estado tuvo que intervenir.

Otto von Bismark
En Alemania, durante la época del Canciller Bismarck, se tomó la iniciativa en materia de seguro social. La idea de un régimen obligatorio de seguro social había sido sostenida por la Escuela Histórica de Economistas Alemanes representada, entre otros por Roscher, Wagner y Schmoller. Bismarck la hizo realidad mediante la promulgación de las leyes de seguro contra la enfermedad (1883); ley de seguro contra accidentes (1884), ley de seguro contra la incapacidad para el trabajo y vejez (1889).
En 1911 todas estas leyes se unificaron en el primer código de legislación social. El seguro del paro obrero fue promulgado en 1927.

El motivo principal de Bismarck era apartar a los obreros alemanes de las nacientes ideas socialistas, demostrándoles que el Estado podía ser un benefactor antes que un enemigo y que, al igual que los soldados, los obreros significaban una parte importante en el desarrollo de la sociedad y tenían derecho a la seguridad al terminar su trabajo.

En el caso de Inglaterra, el seguro social del Estado tenía el mismo aspecto fragmentario y poco sistemático que la legislación industrial. En 1908, casi 20 años después de iniciada su discusión, se aprobó un plan de pensiones para la vejez y, en 1911 se promulgó la ley del seguro contra enfermedad (Natural Insurance Act). Hasta la Primera Guerra Mundial, las sociedades privadas de socorros mutuos complementaron, con un relativo éxito, las actividades del Estado.

En Francia, en 1905 se iniciaron los subsidios del gobierno para el seguro voluntario; en 1908 se aprobó la primera ley de seguros por accidente; y  en 1910 se promulgó la ley de pensiones para la vejez.       


En Italia se tomaron, previsiones similares, sólo se excluyó la atención médica gratuita; hacia 1912 se promulgaron las leyes que establecían la nacionalización de los seguros de vida.